El SENIAT ha designado como
agentes de retención a: Los
contribuyentes calificados como especiales. Este grupo está conformado por
aquellos sujetos que han sido expresamente calificados y notificados por el
Servicio como tales, atendiendo al nivel de ingresos brutos anuales, según la Gerencia de Tributos
Internos de la Región
de su jurisdicción. Estos sujetos pueden ser o no entes públicos,
empresas privadas, personas naturales o jurídicas; y, puede que sean o no
contribuyentes ordinarios del Impuesto al Valor Agregado, lo cual dependerá no
de su calificación como contribuyente especial, sino del hecho de que estén o no
sujetos al Impuesto y que realicen o no los hechos imponibles establecidos en la Ley.
La retención del impuesto al valor agregado deberá efectuarse cuando se
realice el pago en efectivo, en los casos que giren las órdenes de compras
directamente contra la Cuenta
del Tesoro Nacional; o cuando se autorice el pago mediante recursos
provenientes de avances, anticipos o trasferencia o cuando se registre el
pasivo o se pague la obligación, lo que ocurra primero. A un proveedor se le
puede retener el 75% o el 100% del IVA y esto depende de la información que
genere el SENIAT. Por cada factura a la que se le vaya a retener IVA se debe
generar un comprobante el cual debe ser firmado y aceptado por el proveedor.
La declaración de IVA se realiza quincenalmente,
para esta declaración se crea un archivo TXT el cual contiene información
específica.
Lineamientos correctos para la elaboración y la declaración quincenal de
las Retenciones de Impuesto al Valor Agregado (IVA)
Para
la declaración de las retenciones de IVA se requiere quincenalmente la
elaboración de un archivo TXT, el cual es realizado en el Programa Excel, con
las facturas al cual la empresa le retuvo el IVA
ya sea el 100% o el 75% independientemente, el archivo debe estar ordenado
ascendentemente por el numero de comprobante de retención, este archivo debe
contener:
· RIF de la Empresa
· Período a declarar
· Fecha de la Factura
· RIF del Cliente
· Número de Factura
· Número de Control
· Total de la Factura
· Base Imponible
· IVA retenido
· Número de Comprobante de Retención
Luego
de tener le hoja de Excel completa con los datos requeridos el archivo debe
guardarse 2 veces, una primera vez con la extensión .TXT (texto delimitado por
Tabulaciones) y la segunda vez debe guardarse como un archivo de Excel (XLS).
El
archivo con el cual se va a realizar la declaración es con el archivo que tiene
la extensión TXT. Con respecto a la declaración, debe hacerse 2 veces al mes,
antes de la fecha estipulada en el calendario fiscal correspondiente a la
empresa por el último número de su RIF. La empresa ya registrada en el portal
del SENIAT ingresa con el usuario y clave, le da a la opción de “Procesos
Tributarios”, “Retenciones IVA” y el sistema automáticamente pedirá la carga
del archivo TXT previamente elaborado y al procesar dicho archivo me generara
la planilla de pago.
Calendario Fiscal 2014
Ejemplo del TXT
Skarlith García
Twitter: @tuservicontable
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